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Por la inflación, aumentaron los juicios de reajuste de cuota alimentaria

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Para los expertos, el problema se da porque los jueces toman como base los números del INDEC. Como el juicio puede tardar un año, el monto estipulado en la instancia judicial, queda desactualizado. “El índice oficial no refleja la realidad, por eso es difícil alcanzar un acuerdo”, dicen.

Los especialistas en Derecho de Familia explicaron que, como consecuencia de la inflación, creció el número de reclamos para reajustar la cuota alimentaria de los hijos. Además, advirtieron que el juicio puede tardar hasta a un año, por lo que el monto fijado por el juez queda desactualizado.

Los magistrados suelen tomar como parámetro los números del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, por lo que los abogados recomiendan pagar en especies.

“Actualizar la cuota alimentaria es la principal preocupación de las mujeres hoy. La cantidad de juicios que se inician por este tema es impresionante. Es que ni las cuotas pautadas en octubre pasado alcanzan ahora”, dijo a Clarín Viviana Koffman, del Club de las Divorciadas.

“Hay muchísimas consultas por este tema. No sólo porque la plata no alcanza, sino porque nadie sabe qué índice de inflación usar. El oficial no refleja la realidad, por eso es un problema ponerse de acuerdo”, asegura Sofía Harari, del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género.

En tanto, el abogado Osvaldo Ortemberg explicó que para fijar la cuota alimentaria “hay que calcular todos los gastos de los hijos. Eso incluye la comida, la salud, la educación, los paseos, los útiles, la ropa, los servicios de la casa, si hay una empleada, transporte escolar, y si van al club o tienen otras actividades”.

Luego, se debe analizar cuánto ganan los progenitores y en base a esos datos se estipula lo que tiene que abonar quien no tiene la tenencia.

La norma establece que se debe probar la necesidad de aumentar la cuota. Se lo puede hacer con tickets de supermercados, boletas de servicios, gastos de comida, facturas de compra de ropa. Así, el aumento de los costos de estos servicios actualiza automáticamente la cuota.

“La ley no indica porcentaje sino que queda al criterio del juez, que suele fijar entre un 20 y un 30% cuando el padre tiene sueldo en blanco”, explica Koffman, pero aclara que no es así cuando los padres tienen gran poder económico. En esos casos prima el nivel de vida del grupo familiar cuando convivía.

Lo más práctico, para Ortemberg, es fijar un porcentaje del sueldo para los trabajadores en blanco porque “a medida que aumentan los sueldos, también sube la cuota”.


Delitos informáticos: Hay leyes, pero falta capacitación en la Justicia

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Un ciclista accidentado cobrará una indemnización más baja por no haber usado casco

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La condena se fijó en $320.000, un 30% menos de lo que le había solicitado. Los jueces consideraron que, si hubiese cumplido con las normas de tránsito, el daño habría sido menor. Ahora, la víctima padece una incapacidad del 80 por ciento.

La Justicia rosarina le ordenó a un automovilista que indemnice con $320.000 a un ciclista que había atropellado. Esta cifra es un 30% menos de lo que había solicitado el reclamante ya que los magistrados consideraron que, si hubiese cumplido con las normas de tránsito, el daño habría sido menor. Ahora, la víctima padece una incapacidad del 80 por ciento.

El 5 de agosto de 2008, Ramón Espíndola, de 68 años, fue embestido por un auto (un Renault 12) en el cruce de Entre Ríos y Presidente Quintana, en la ciudad de Rosario. A raíz del accidente, la víctima actualmente padece una incapacidad de casi el 80%, producida principalmente por el golpe que sufrió en el cráneo.

El uso del casco hubiera disminuido el daño sufrido por el ciclista“, entendieron los jueces Horacio Allende Rubino, Juan Carlos Marchese y Néstor García, del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 6 de la ciudad santafesina. Para fundamentar su decisión, los magistrados señalaron que estudios indican que el uso del casco es eficaz en ese tipo de accidentes y que “disminuye en dos tercios el riesgo de lesiones en el rostro”.

El tribunal resolvió condenar al automovilista -que no respetó la prioridad de paso del ciclista ni el cartel de PARE- a pagar una indemnización de $316.000, que con intereses podría superar el millón de pesos. Ese monto es un 30% inferior a lo que recibiría si hubiera usado casco.

“Es obligatorio el uso del casco por parte de los ciclistas porque, como no lo contempla el Código Municipal de Faltas, rigen las disposiciones de la Ley Nacional de Tránsito, que dispone como requisito para circular en bicicleta llevar colocado el casco protector”, señala el fallo.